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VICE PRESIDENCIA

​Son funciones y obligaciones del (la) Vicepresidente(a):


a) Asumir la presidencia de la Sub Directiva o Delegados por faltas transitorias o definitivas del Presidente o cuando éste tome parte en las discusiones.
 

b) Proponer en las deliberaciones de la Junta de la Sub Directiva los acuerdos o resoluciones que estime necesarios para la buena marcha de la Asociación Sindical.
 

c) Informar a la Junta de la Sub Directiva de toda falta que cometan los afiliados y dirigentes.
 

d) Desempeñar todas las funciones que competen al Presidente en su ausencia transitoria.

e) Ser el coordinador de la organización de la Asociación Sindical, dar informes de lo adelantado en el desempeño de estas funciones cada dos meses, en reunión de la Junta  de la Sub Directiva.
 

f) Coadyuvar al cumplimiento de las funciones de la Presidencia y apoyar la gestión de la misma.
 

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