top of page

PRESIDENCIA

​Son funciones y obligaciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones de la Asamblea General de Afiliados o Delegados y de la Junta de la Sub Directiva, elaborando el orden del día de las respectivas sesiones.


b) Convocar la Junta de la Subdirectiva de la Universidad de Cartagena a sesiones extraordinarias, previa citación a cada uno de sus directivos hecha por conducto de la Secretaría General.

 

c) Convocar la Asamblea General de Afiliados o Delegados a sesiones cuando las circunstancias lo exijan, o a petición del Fiscal, o por decisión de la Junta de la Sub Directiva, o por solicitud de un número no inferior a una tercera (1/3) parte de los miembros de la Asamblea General de Afiliados o Delegados, en concordancia con lo estipulado en estos estatutos.

 

d) Rendir informe escrito de las labores de la Junta Directiva, de la Subdirectiva y Comités de Base, cada seis (6) meses, para dar cuenta de ellas a la Asamblea General de Afiliados o Delegados, con toda la información que por razón de sus funciones sea pertinente.

 

e) Informar a la Junta Directiva de la marcha de la Asociación Sindical y solicitar las medidas que sean necesarias para la mejor organización de la misma.

 

f) Proponer a la Junta de la Sub Directiva las reglamentaciones internas o Resoluciones que crea necesarias para la mejor organización de la Asociación Sindical.

 

g) Informar a la Junta de la Sub Directiva de las faltas cometidas por los afiliados, los Dirigentes Sindicales o Comisionados, a fin de que se impongan las sanciones y correctivos del caso, de acuerdo a los Estatutos.

 

h) Proponer a la Junta de la Sub Directiva los acuerdos y reglamentos que crea necesarios para la mejor organización del Sindicato.

 

i) Firmar las Actas, una vez aprobadas, junto con el Secretario General y el Fiscal, autorizar toda orden de retiro y gastos de fondos conjuntamente con el Tesorero y el Fiscal. Comunicar a las Autoridades del Ministerio de la Protección Social de su domicilio, en asocio del Secretario General, los cambios parciales o totales que ocurriesen en la Juntas de la Sub Directiva Regional.

 

j) Nombrar los Comités de Base, o comisiones accidentales o transitorias para el desempeño de actividades que deban cumplirse inmediatamente so pena sanción por negligencia en coordinación con la Junta Directiva regional.

 

k) Informar a la Junta de la Sub Directiva cuando quiera separarse de su cargo transitoria o definitivamente.

 

l) Ordenar los gastos determinados en el presupuesto anual aprobado por la Asamblea General de Afiliados o delegados.

 

m) Expedir al afiliado que lo solicite una certificación en la cual conste su afiliación a la Asociación Sindical dando cuenta de ello a la Junta de la Sub Directiva en su próxima reunión.

 

n) Cumplir y hacer cumplir la política y determinaciones de la Asamblea General de Afiliados o Delegados.

 

o) Todas las demás de acuerdo a la naturaleza del cargo y en concordancia con los presentes Estatutos.

bottom of page